Reforma tributaria 2026: la Ley N° 21.850 se publicó el 17-10-2026 y rige, por regla general, desde el 01-11-2026. Los primeros plazos ya corren.Conversemos →

Franquicia SENCE: baja de 1 % a 0,7 % y dos fechas en disputa

La Ley N° 21.850 recorta en 30 % el crédito por capacitación que las empresas descuentan de su impuesto de primera categoría. Lo que no está claro es desde cuándo: la ley no fija una fecha especial y el SII informa el 01-01-2027.

En breve

La franquicia tributaria SENCE pasa de 1 % a 0,7 % de las remuneraciones imponibles. Es un recorte de 30 % del crédito.

Se agregan topes por trabajador: el monto imputable no puede exceder el 80 % del costo para remuneraciones de hasta 25 UTM, el 50 % entre 25 y 50 UTM y el 15 % sobre 50 UTM. La diferencia la financia la empresa y no puede trasladarse al trabajador.

Los cursos ya inscritos tienen seis meses para adecuarse: hasta el 17-04-2027.

Vigencia: dos lecturas. La ley no fija vigencia especial para este cambio, así que por la regla general rige desde el 01-11-2026. El SII, en su portal de la ley, informa el 01-01-2027, sin citar la norma.

Norma · Ley N° 21.850, artículo 29 (modifica los artículos 36, 37, 42 y 59 de la Ley N° 19.518) y artículos noveno, vigésimo segundo y vigésimo tercero transitorios, publicada en el Diario Oficial el 17-10-2026

Verificado al 27-10-2026

1. Qué cambia

El artículo 29 de la Ley N° 21.850 dispone: «Reemplázase, en el inciso primero del artículo 36, la expresión “equivalente al uno por ciento” por “equivalente al 0,7 por ciento”». Hace el mismo cambio en el artículo 42 y en el inciso final del artículo 59 de la Ley N° 19.518.

En números: para una empresa con una planilla anual de M$ 1.000.000, el tope del crédito pasa de M$ 10.000 a M$ 7.000. Es crédito que se deja de descontar del impuesto de primera categoría, no un anticipo que se recupera después.

Ejemplo referencial, sin datos de clientes.

2. Los topes nuevos por trabajador

Además de bajar el porcentaje, la ley limita cuánto del costo de cada curso puede imputarse a la franquicia, según la remuneración del trabajador que se capacita:

Remuneración del trabajadorMáximo imputable a la franquicia
Hasta 25 UTM80 % del costo
Entre 25 y 50 UTM50 % del costo
Sobre 50 UTM15 % del costo

La diferencia la paga la empresa, y la ley cierra la puerta a recuperarla del trabajador: es una diferencia «la que no podrá ser trasladada, directa o indirectamente, al trabajador participante».

3. Desde cuándo: las dos fechas

LecturaFechaFundamento
Regla general de la ley01-11-2026El artículo 29 no tiene vigencia especial. El artículo noveno transitorio dispone que lo que no tenga fecha especial rige «a contar del primer día del mes siguiente al de su publicación en el Diario Oficial»
SII01-01-2027Portal «Ley de Reconstrucción», ficha «Modificación al crédito Sence»: «Entrada en vigencia: 1 de enero de 2027» y «Norma Permanente». No cita artículo

No damos una fecha por cierta. Las dos lecturas son defendibles: la nuestra descansa en que la ley no le asigna una fecha especial a este artículo; la del SII viene del organismo que administra el crédito en la declaración de renta, pero no muestra la norma en que se apoya.

En la práctica: si su empresa tiene acciones de capacitación para noviembre o diciembre de 2026, conviene revisarlas caso a caso antes de comprometerlas contando con el 1 %.

4. Cursos ya inscritos y OTIC

Cursos ya inscritos. El artículo vigésimo segundo transitorio les da seis meses para adecuarse a las nuevas reglas. Contados desde la publicación, el plazo termina el 17-04-2027.

OTIC. Un artículo 29 bis nuevo fija un tope de 10 % del total de aportes administrados para los gastos de administración de los organismos técnicos intermedios para capacitación.

5. El contrapeso: más aporte fiscal

El artículo vigésimo tercero transitorio obliga a la Ley de Presupuestos de 2027, 2028 y 2029 a contemplar un aporte fiscal adicional de MM$ 10.000 anuales, destinado exclusivamente a las acciones de capacitación de la letra d) del artículo 46 de la Ley N° 19.518, aumentando en ese monto los recursos ejecutados en 2026. Baja la franquicia privada y sube el aporte público.

6. Preguntas frecuentes

¿Cuánto baja la franquicia SENCE?

De 1 % a 0,7 % de las remuneraciones imponibles. Es un recorte de 30 % del crédito que se descuenta del impuesto de primera categoría.

¿Desde cuándo rige?

Hay dos lecturas. La ley no le fija vigencia especial, así que por la regla general rige desde el 01-11-2026. El SII informa en su portal el 01-01-2027, sin citar la norma. No damos una de las dos fechas por cierta.

¿Qué pasa con los cursos ya inscritos?

Tienen seis meses para adecuarse a las nuevas reglas, según el artículo vigésimo segundo transitorio: hasta el 17-04-2027.

¿Qué son los topes de 80, 50 y 15 %?

Son el máximo del costo de cada curso que puede imputarse a la franquicia, según la remuneración del trabajador: 80 % hasta 25 UTM, 50 % entre 25 y 50 UTM y 15 % sobre 50 UTM. El resto lo financia la empresa.

¿Puedo cobrarle la diferencia al trabajador?

No. La ley dice expresamente que la diferencia no podrá ser trasladada, directa o indirectamente, al trabajador participante.

¿Cambia algo para las OTIC?

Sí. Sus gastos de administración quedan limitados al 10 % del total de aportes que administran (artículo 29 bis nuevo).

¿Hay alguna compensación?

Por el lado público. Entre 2027 y 2029 la Ley de Presupuestos debe contemplar MM$ 10.000 anuales adicionales para acciones de capacitación de la letra d) del artículo 46 de la Ley N° 19.518.

¿Qué hago con lo planificado para noviembre y diciembre?

Revisarlo caso a caso antes de comprometer cursos contando con el 1 %. Mientras la fecha de vigencia no esté aclarada, es la forma de no llevarse una sorpresa en la declaración de renta.

7. Fuentes y normativa

  • Ley N° 21.850, «Para la Reconstrucción Nacional y el Desarrollo Económico y Social», publicada en el Diario Oficial el 17-10-2026, CVE 2888352. Artículo 29 y artículos noveno, vigésimo segundo y vigésimo tercero transitorios.
  • Ley N° 19.518, Estatuto de Capacitación y Empleo: artículos 36, 37, 42, 46 y 59.
  • Portal del SII, «Ley de Reconstrucción», ficha «Modificación al crédito Sence», consultada el 27-10-2026.

Conversemos su caso

Si su empresa usa la franquicia SENCE, el cambio toca el presupuesto de capacitación y el crédito de la próxima declaración de renta. Revisamos qué acciones conviene ajustar y cómo queda el crédito. Revise nuestro servicio de remuneraciones y RR.HH., escríbanos por WhatsApp o desde nuestro formulario de contacto.

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Este artículo tiene fines informativos y no constituye asesoría tributaria para un caso particular. Las cifras se verificaron contra el texto de la Ley N° 21.850 publicado en el Diario Oficial el 17-10-2026 y contra la ficha del crédito Sence del portal del SII, consultada el 27-10-2026. Contenido actualizado al 27-10-2026.

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