Tecnología
De la idea a la SpA, con la estructura tributaria que tu startup necesita.
Entre servicios digitales que cruzan fronteras, rondas de inversión y equipos distribuidos, una startup o empresa de software enfrenta preguntas tributarias que una pyme tradicional no tiene. Somos C&C Contadores Auditores (marca Cortés Carrasco), una firma boutique fundada en 2012 — te ayudamos a estructurar la sociedad, entender cómo tributan tus ingresos si exportas software o servicios, y evitar los focos de fiscalización propios del rubro tech, como el establecimiento permanente o los precios de transferencia con relacionados en el extranjero.
En esta página
Qué te resolvemos
- Constitución y estructuración de SpA para startups (incluyendo pactos de accionistas)
- Tributación de servicios digitales exportados y de software importado desde el extranjero
- Evaluación de riesgo de establecimiento permanente y precios de transferencia con matrices o filiales
- Postulación al crédito tributario de I+D si tu empresa certifica proyectos con CORFO
- Contabilidad y cumplimiento mensual con reportes que sirven también para levantar inversión
Servicios relacionados: Legal & Corporativo · Cumplimiento tributario · Consultoría y planificación
Exportar software puede estar exento de IVA, pero no es automático
Si tu empresa desarrolla software o presta servicios digitales a clientes en el extranjero, puedes acceder a la exención de IVA a la exportación de servicios (Art. 12 letra E N°16 de la Ley de IVA) — pero no es una calificación que hagas tú solo: el servicio debe estar reconocido como exportación por el Servicio Nacional de Aduanas, según el listado vigente. En la vereda contraria, si tu empresa contrata SaaS o infraestructura en la nube desde proveedores extranjeros, esos servicios pagan IVA con tasa 19% desde 2020, retenido o declarado según el mecanismo vigente. Los dos flujos —lo que exportas y lo que importas— se tratan distinto, y mezclarlos en la contabilidad genera errores en el crédito fiscal que declaras cada mes.
| Flujo | Tratamiento del IVA | Quién declara y paga | Norma |
|---|---|---|---|
| Servicio que prestas a una persona sin domicilio ni residencia en Chile | Exento, si el servicio está calificado como exportación por el Servicio Nacional de Aduanas | No aplica | DL 825, art. 12 letra E N° 16; Res. Ex. SNA N° 2.511 de 2007 |
| SaaS o infraestructura cloud que contratas a un proveedor extranjero, siendo tu empresa contribuyente de IVA | Afecto, 19% | Tu empresa, por cambio de sujeto | DL 825, art. 8 letra n) y art. 11 letra e) |
| El mismo servicio, contratado por quien no es contribuyente de IVA | Afecto, 19% | El proveedor extranjero, bajo el régimen simplificado, con retención vía emisor de la tarjeta | DL 825, art. 8 letra n) |
Con equipo o matriz en el extranjero, cuidado con el establecimiento permanente y los precios de transferencia
Si tu startup tiene personal remoto en Chile trabajando para una matriz extranjera, o una filial chilena que factura servicios a una relacionada afuera, hay dos riesgos tributarios que conviene anticipar. El primero es el establecimiento permanente: la ley define ampliamente cuándo la actividad de un equipo o agente en Chile hace que una empresa extranjera “tenga presencia tributaria” acá, con las obligaciones que eso implica. El segundo son los precios de transferencia: toda operación con partes relacionadas en el extranjero —servicios intragrupo, licencias de software, cobros entre matriz y filial— debe pactarse a valor de mercado y declararse anualmente ante el SII. Ambos son focos habituales de fiscalización en grupos tecnológicos con estructura internacional, y conviene revisarlos antes de que el SII los revise por ti.
| Obligación | Qué exige | Cuándo aplica | Norma |
|---|---|---|---|
| Precios de transferencia | Pactar las operaciones con relacionados del exterior a valor de mercado y poder acreditarlo | Toda operación con una parte relacionada en el extranjero, sin monto mínimo | LIR, art. 41 E |
| Declaración Jurada 1907 | Detallar cada operación con partes relacionadas del exterior, su tipo y su valor | Operaciones que superen MM$500 en el ejercicio, entre otros casos | LIR, art. 41 E y resolución del SII que fija la DJ 1907 |
| Establecimiento permanente | Tributar en Chile por las rentas atribuibles a esa presencia | Cuando un lugar de negocios o un agente en Chile permite a la empresa extranjera desarrollar su actividad, en especial si cierra negocios en su nombre | LIR, art. 2 N° 12 |
Stock options: el impuesto depende de un documento
Se repite mucho que en Chile las stock options solo tributan al vender las acciones. Es cierto a medias. La Ley N° 21.210 incorporó a la LIR una regla que separa dos mundos: si el plan de compensación está pactado en el contrato individual o colectivo de trabajo, ni el otorgamiento ni el ejercicio de la opción constituyen renta, y el trabajador solo tributa el mayor valor cuando vende. Si el plan no está pactado en el contrato de trabajo, el ejercicio de la opción sí es renta y se grava con impuesto de segunda categoría, aunque el trabajador todavía no haya vendido ni una acción ni recibido un peso. Para una startup que arma su plan de equity, esa distinción decide si su equipo enfrenta un impuesto sin liquidez para pagarlo.
| Momento | Plan pactado en el contrato individual o colectivo de trabajo | Plan no pactado en el contrato de trabajo |
|---|---|---|
| Al otorgar la opción | No constituye renta | No constituye renta |
| Al ejercer la opción | No constituye renta | Sí constituye renta, gravada con impuesto de segunda categoría |
| Al vender las acciones | Mayor valor gravado con Global Complementario o Adicional | Mayor valor gravado con Global Complementario o Adicional |
Preguntas frecuentes
¿Cómo tributan los servicios digitales que compro a proveedores extranjeros (SaaS, herramientas de infraestructura)?
Pagan IVA con tasa 19% desde 2020, aplicado sobre el servicio prestado por el proveedor sin domicilio en Chile. Si tu empresa es contribuyente de IVA, la operación no va por el régimen simplificado del proveedor extranjero: opera el cambio de sujeto del artículo 11 letra e) del DL 825 y es tu empresa la que declara y paga ese IVA. El régimen simplificado, con retención a través del emisor de la tarjeta, es la vía de quienes no son contribuyentes de IVA. La diferencia afecta directamente el costo real de tu stack de herramientas cloud.
¿Si exporto software a un cliente en el extranjero, tengo que cobrar IVA?
Puede estar exento si el servicio califica como exportación ante el Servicio Nacional de Aduanas; te ayudamos a evaluar y gestionar esa calificación. El listado de servicios reconocidos como exportación se revisa periódicamente, por lo que conviene validar la calificación de tu servicio específico antes de facturar sin IVA, y no asumir que todo servicio a un cliente extranjero automáticamente exporta.
¿Qué es el riesgo de “establecimiento permanente” y me afecta si tengo un socio o equipo fuera de Chile?
Es el riesgo de que una empresa extranjera quede sujeta a tributación en Chile por tener presencia real acá (o viceversa); lo evaluamos según cómo está armado tu equipo y tu estructura societaria. El riesgo aumenta cuando el personal en Chile tiene poder de decisión o cierra negocios en nombre de la matriz, no solo cuando ejecuta tareas operativas — por eso conviene definir bien los roles y contratos desde el diseño del equipo.
¿Necesito declarar algo especial si facturo servicios a mi propia matriz o filial en el extranjero?
Sí, ese tipo de operaciones entre relacionados debe declararse anualmente ante el SII (Declaración Jurada 1907) y pactarse a valor de mercado. La Declaración Jurada 1907 exige detallar el tipo de operación y su valor, y el respaldo de que el precio pactado es de mercado (estudio de precios de transferencia) es lo que te protege ante una eventual revisión del SII.
¿Qué estructura conviene para una startup que va a levantar inversión?
En general la SpA, por su flexibilidad para pactos de accionistas y distintas series de acciones; lo evaluamos según tu ronda y tus inversionistas. La SpA permite además ajustar el porcentaje de propiedad y los derechos políticos de cada ronda sin tener que rehacer el pacto social completo, algo mucho más rígido en una sociedad de responsabilidad limitada tradicional.
¿Los stock options tienen algún beneficio tributario especial en Chile?
Depende de un documento. Si el plan está pactado en el contrato individual o colectivo de trabajo, no hay renta al otorgar ni al ejercer la opción y solo tributa el mayor valor al vender las acciones; si el plan no está pactado en el contrato de trabajo, el ejercicio sí constituye renta y se grava con impuesto de segunda categoría (art. 17 N° 8 letra l de la LIR). Conviene explicar bien esa diferencia al equipo para evitar confusiones sobre cuándo efectivamente “gana” algo con sus opciones.
¿Pueden ayudarme a postular al crédito tributario de I+D?
Sí. Si tu proyecto puede certificarse ante CORFO, evaluamos contigo si conviene postular al crédito de 35% del desembolso contra el Impuesto de Primera Categoría, con tope anual de 15.000 UTM y vigencia extendida hasta 2035 por la Ley N° 21.755 de 2025. El proceso de certificación exige documentar el proyecto como investigación o desarrollo aplicado, no como desarrollo de producto estándar, por lo que conviene evaluarlo antes de iniciar el proyecto y no una vez que ya está terminado.
¿Llevan contabilidad compatible con lo que piden los inversionistas o fondos de venture capital?
Sí, trabajamos con reportes mensuales claros en Softland ERP, pensados también para procesos de due diligence o levantamiento de capital. Esto incluye reportes mensuales de quema de caja (burn rate) y runway, información que los fondos piden habitualmente y que muchas veces no está disponible si la contabilidad solo se lleva pensando en el cumplimiento tributario mínimo.
Fuentes
IVA de servicios digitales y exportación de servicios. Contenido revisado el 01-09-2026.
- DL N° 825 de 1974, art. 12 letra E N° 16 — exención de IVA a los servicios calificados como exportación.
- Res. Ex. Servicio Nacional de Aduanas N° 2.511 de 2007 — listado de servicios calificados como exportación.
- DL N° 825 de 1974, art. 8 letra n) — IVA a los servicios digitales prestados por contribuyentes sin domicilio ni residencia en Chile, incorporado por la Ley N° 21.210.
- DL N° 825 de 1974, art. 11 letra e) — cambio de sujeto cuando el receptor del servicio es contribuyente de IVA.
Renta, estructura internacional e incentivos.
- LIR, art. 17 N° 8 letra l) — tratamiento de los planes de compensación laboral con opciones sobre acciones, incorporado por la Ley N° 21.210 de 2020.
- LIR, art. 2 N° 12 — definición de establecimiento permanente, incorporada por la Ley N° 21.210 de 2020.
- LIR, art. 41 E — normas de precios de transferencia y obligación de informar operaciones con partes relacionadas del exterior.
- Declaración Jurada 1907 — operaciones con partes relacionadas del exterior sobre MM$500 en el ejercicio.
- Ley N° 20.241 — incentivo tributario a la inversión en I+D: crédito de 35% contra el Impuesto de Primera Categoría, con tope anual de 15.000 UTM.
- Ley N° 21.755 de 2025 — extiende la vigencia del incentivo tributario a la I+D hasta 2035.
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